El Derecho Foral de Bizkaia en las herencias: tierra llana y troncalidad
En Bizkaia, heredar una casa, un caserío o un terreno no siempre es tan sencillo como dejarlo a quien uno quiera. El Derecho Foral de Bizkaia protege que los inmuebles de la tierra llana sigan en la familia de la que proceden: es lo que se llama troncalidad. En esta guía te explicamos dónde rige, qué bienes son troncales, quiénes son los parientes tronqueros y cómo afecta a tu herencia, a tu testamento y a la venta de un inmueble.

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EN RESUMEN
- El Derecho Foral de Bizkaia forma parte de la Ley de Derecho Civil Vasco. Algunas de sus reglas solo rigen en la tierra llana: todo Bizkaia salvo la parte no aforada de catorce villas.
- Los inmuebles de la tierra llana son troncales si hay parientes tronqueros: los descendientes y, de la línea de la que procede el bien, los ascendientes y los parientes hasta el cuarto grado.
- Quien tiene bienes troncales solo puede disponer de ellos respetando los derechos de esos parientes, también en su testamento.
- La troncalidad prevalece sobre la legítima.
- Para vender un bien troncal a alguien de fuera de la familia hay que ofrecérselo antes a los parientes tronqueros, salvo que esté en suelo urbano o urbanizable sectorizado. Si no se hace, pueden anular la venta.
¿Qué es hoy el Derecho Foral de Bizkaia?
El Derecho Foral de Bizkaia es el conjunto de normas civiles propias que proceden del antiguo Fuero de Bizkaia. Hoy está integrado en la Ley de Derecho Civil Vasco, que se aplica en toda la Comunidad Autónoma Vasca a quien tiene vecindad civil vasca.
Esa ley tiene una parte común para Bizkaia, Gipuzkoa y Álava, con la legítima de un tercio, el testamento mancomunado o el poder testatorio. Y tiene una parte que solo rige en Bizkaia, para quien tiene vecindad civil local vizcaína: la troncalidad de los inmuebles y la comunicación foral de bienes en el matrimonio. Estas dos instituciones son las que de verdad distinguen una herencia en la tierra llana.
Las mismas reglas de Bizkaia se aplican también en dos municipios de Álava, Aramaio y Llodio.
Tierra llana y villas: dónde rige el Fuero
La tierra llana, también llamada infanzonado, es todo el territorio de Bizkaia salvo la parte no aforada de catorce villas y ciudades:
- Balmaseda
- Bermeo
- Bilbao
- Durango
- Ermua
- Gernika-Lumo
- Lanestosa
- Lekeitio
- Markina-Xemein
- Ondarroa
- Orduña
- Otxandio
- Plentzia
- Portugalete
Estas villas no quedan fuera por completo: dentro de su término puede haber zonas que sí son tierra llana, delimitadas en los planos que aprobaron las Juntas Generales de Bizkaia en 1994. Por eso, un inmueble situado en Bilbao puede estar en zona aforada o no, y hay que comprobar dónde está exactamente.
Fuera de esas villas, todo Bizkaia es tierra llana: Getxo, Barakaldo, Basauri, Leioa, Galdakao o cualquier pueblo del interior. A ellos se suman los municipios alaveses de Aramaio y Llodio.
Qué es la troncalidad y qué bienes son troncales
La troncalidad es la regla que protege el carácter familiar de los inmuebles de la tierra llana. Su idea es sencilla: un bien raíz que viene de una familia debe seguir en esa familia, en la línea de la que procede, el llamado tronco.
Para que un bien sea troncal tienen que darse tres cosas:
- Que sea un bien raíz situado en la tierra llana. Son bienes raíces el suelo y todo lo que se edifica, planta o siembra en él: una casa, un caserío, un piso, un terreno o una finca. También los muebles unidos a ellos de forma permanente.
- Que lo haya adquirido alguien con vecindad civil local vizcaína. La troncalidad nace en ese momento y se extiende a todos sus descendientes.
- Que existan parientes tronqueros. Si no hay ninguno, el bien no es troncal.
Hay un matiz importante: un inmueble comprado a alguien que no era pariente tronquero no es troncal mientras no se transmita a un descendiente. Es decir, la casa que uno compra a un tercero empieza a ser troncal cuando la heredan o la reciben sus hijos.
Cuando se transmite gratis un caserío, la transmisión incluye, salvo que se diga otra cosa, el mobiliario, el ganado, la maquinaria, las instalaciones y los derechos de explotación.
¿Tienes inmuebles en la tierra llana? Revisamos si son troncales y cómo afectan a tu testamento y a tu herencia.
¿Quiénes son los parientes tronqueros?
Los parientes tronqueros son los familiares que tienen derecho a que el bien troncal siga en la familia. Lo son por consanguinidad o adopción, y siempre en relación con un inmueble concreto:
| Línea | Quiénes son tronqueros | Hasta dónde llega |
|---|---|---|
| Descendente | Hijos, nietos y demás descendientes | Sin límite de grado |
| Ascendente | Padres, abuelos y demás ascendientes de la línea de la que procede el bien | Hasta el ascendiente que lo tuvo primero |
| Colateral | Hermanos, sobrinos, tíos y primos de la línea de la que procede el bien | Hasta el cuarto grado: los primos hermanos |
Un ejemplo: si una casa de Gorliz viene de la familia de la madre, son tronqueros los hijos de quien la tiene ahora y, por arriba, la madre, los abuelos maternos y los parientes de esa rama. Los parientes del padre no lo son respecto de esa casa.
Hay una excepción con los inmuebles que compra un matrimonio o una pareja de hecho inscrita mientras dura: los dos son tronqueros, y lo siguen siendo aunque después pasen a sus hijos.
Cuando hay que elegir entre tronqueros, van primero los descendientes, después los ascendientes y, por último, los colaterales. Si el bien se vende, dentro de cada línea el pariente más cercano va antes que el más lejano.
La troncalidad en la herencia
Quien tiene bienes troncales solo puede disponer de ellos respetando los derechos de los parientes tronqueros. En una herencia, eso se nota de varias formas.
Si hay testamento
- La troncalidad va por delante de la legítima. Un bien troncal tiene que ir a los tronqueros aunque eso condicione el reparto del resto de la herencia. Si un hijo es a la vez tronquero y heredero forzoso, lo que recibe como tronquero cuenta para su legítima.
- Dejar un bien troncal a alguien de fuera de la línea es arriesgado. El testamento es válido, pero los parientes tronqueros pueden pedir que se anule esa cláusula en un plazo de cuatro años desde que la conocen o, en todo caso, desde que se inscribe en el Registro de la Propiedad.
- El cónyuge o la pareja de hecho cobra primero de los bienes no troncales. Su legítima, el usufructo, se paga con los bienes no troncales, y solo cuando no los hay se acude a los troncales, en lo que haga falta.
- No se pueden imponer sustituciones ni cargas sobre un bien troncal, salvo a favor de otro tronquero de la misma línea.
Lo mismo vale para las donaciones en vida: si se dona un bien troncal a alguien de fuera de la línea, los tronqueros pueden pedir que se anule en los cuatro años siguientes a conocerla o, en todo caso, a su inscripción en el Registro de la Propiedad.
Si no hay testamento
Los bienes troncales no siguen el orden general de herederos, sino el de los parientes tronqueros: primero los descendientes, después los ascendientes de la línea de procedencia y luego los colaterales de esa línea. El cónyuge o la pareja de hecho conserva sus derechos, que recaen sobre los bienes troncales solo si los demás no bastan. Si no hay ningún tronquero, todos los bienes siguen el orden general, que te explicamos en quién hereda en Bizkaia si no hay testamento.
Deja tu herencia en manos expertas y olvídate del papeleo. Te acompañamos en todo el proceso, con claridad y rigor, hasta lograr el mejor resultado para tu familia.
Vender un bien troncal: el llamamiento y la saca foral
La troncalidad también afecta a las ventas. Quien quiere vender un bien troncal a alguien que no es tronquero tiene que ofrecérselo antes a los parientes tronqueros preferentes: los descendientes, los ascendientes y los hermanos o hijos de hermanos fallecidos. Lo mismo ocurre si el comprador es un tronquero pero hay otros con preferencia: por ejemplo, si se vende a un hermano habiendo hijos.
Los inmuebles situados en suelo urbano o urbanizable sectorizado quedan fuera de esta obligación: un piso en un casco urbano, por ejemplo, se puede vender sin llamamiento aunque sea troncal. La obligación afecta a los caseríos, terrenos y fincas del resto del suelo.
- Llamamiento ante notario. El vendedor anuncia la venta mediante un llamamiento notarial a los tronqueros, que se publica por edictos.
- Plazo para responder. El tronquero interesado tiene que comparecer ante el notario en un mes desde que se le notifica, o en los diez días hábiles siguientes a la publicación del edicto.
- Si nadie lo quiere. Si ningún tronquero ejerce su derecho, el propietario puede vender a quien quiera, por el precio y en las condiciones que decida, durante el año siguiente.
Si se vende sin hacer el llamamiento cuando era obligatorio, cualquier tronquero preferente puede ejercer la saca foral: pedir al juez que anule la venta y que se le adjudique el inmueble por su justo valor. Tiene tres meses desde que conoce la venta o, en todo caso, desde que se inscribe en el Registro de la Propiedad.
Por eso, antes de vender un caserío, una casa o un terreno en la tierra llana conviene comprobar si es troncal y en qué clase de suelo está, y hacer las cosas en orden: una venta mal hecha puede deshacerse.
¿Vas a heredar o a vender un inmueble en la tierra llana? Comprobamos si es troncal y nos ocupamos de todos los trámites.
La comunicación foral de bienes en el matrimonio
La otra institución propia de la tierra llana es la comunicación foral. Es el régimen del matrimonio cuando los dos cónyuges tenían vecindad civil en la tierra llana de Bizkaia al casarse y no firmaron capitulaciones. Si solo uno la tenía, se aplica cuando el matrimonio fijó su primera residencia habitual en la tierra llana.
Pesa mucho en la herencia, porque antes de repartir hay que separar lo que pertenece al viudo o a la viuda:
- Si hay hijos o descendientes comunes, todos los bienes de los dos, de la procedencia que sean, son comunes por mitad. Hasta el reparto forman una comunidad entre el viudo y los hijos o descendientes que heredan.
- Si no los hay, cada cónyuge recupera los bienes que aportó o recibió por herencia o donación, y los comprados con ellos; los ganados durante el matrimonio se reparten por mitad.
Además, quien está casado en comunicación foral necesita el consentimiento de su cónyuge para renunciar a una herencia.
Otras instituciones vascas que se aplican en Bizkaia
Como parte de la Ley de Derecho Civil Vasco, en Bizkaia rigen también instituciones comunes a toda la Comunidad Autónoma Vasca, que dan mucha libertad para organizar la herencia:
- La legítima de un tercio, que se puede dejar a uno solo de los hijos o nietos. Te lo explicamos en la legítima en Bizkaia.
- El testamento mancomunado y el poder testatorio, que permite encargar a otra persona, normalmente el cónyuge, que decida después cómo se reparte la herencia. Los tienes en nuestra guía del testamento en Bizkaia.
- El pacto sucesorio, para ordenar la herencia en vida, por ejemplo para dejar el caserío a un hijo. Lo explicamos en el pacto sucesorio en Bizkaia.
Para una visión general de todo el proceso, consulta nuestra guía de herencias en Bizkaia.

Te ayudamos con tu herencia en la tierra llana de Bizkaia
Cuando en una herencia hay inmuebles en la tierra llana, no basta con mirar el testamento: hay que comprobar si los bienes son troncales, quiénes son los parientes tronqueros y qué parte pertenece al viudo o a la viuda por la comunicación foral. Un error en cualquiera de esos pasos puede invalidar un reparto o una venta.
En Herencias Bizkaia trabajamos con abogados especialistas en Derecho Civil Vasco. Revisamos tu caso, preparamos el testamento o el reparto para que respeten la troncalidad y tramitamos la herencia de principio a fin.
Cuéntanos qué bienes hay en la herencia y te decimos cómo afecta el Fuero a tu caso.
Preguntas frecuentes sobre el Derecho Foral de Bizkaia en las herencias
¿Mi piso de Bilbao es un bien troncal?
Depende de dónde esté. Bilbao es una de las villas en las que la troncalidad solo rige en su zona de tierra llana, delimitada en los planos aprobados por las Juntas Generales en 1994. Si el piso está en esa zona, lo adquirió alguien con vecindad civil local vizcaína y hay parientes tronqueros, es troncal.
¿La troncalidad se aplica en Gipuzkoa o en Álava?
No. Solo rige en la tierra llana de Bizkaia y en los municipios alaveses de Aramaio y Llodio. En el resto de Gipuzkoa y Álava no hay bienes troncales.
¿Puedo dejar en testamento un caserío troncal a mi pareja o a un amigo?
El testamento sería válido, pero los parientes tronqueros podrían pedir que se anule esa disposición en los cuatro años siguientes a conocerla o, en todo caso, a su inscripción en el Registro de la Propiedad. A tu cónyuge o pareja de hecho sí puedes dejarle bienes no troncales, y su usufructo solo recae sobre los troncales si no hay otros bienes.
¿Qué pasa si vendo un bien troncal sin avisar a los parientes tronqueros?
Depende del suelo. Si el inmueble está en suelo urbano o urbanizable sectorizado, se puede vender sin llamamiento. En los demás casos, cualquier tronquero preferente puede ejercer la saca foral: pedir al juez que anule la venta y que se le adjudique el inmueble por su justo valor. Para evitarlo, antes de vender hay que hacer el llamamiento ante notario.
¿Cómo sé si un inmueble es troncal?
Hay que comprobar tres cosas: que esté en la tierra llana, que lo adquiriera alguien con vecindad civil local vizcaína y que existan parientes tronqueros. Las escrituras y el Registro de la Propiedad ayudan a reconstruir de dónde procede el bien.
FUENTES OFICIALES
Imagen de portada: «Abadiño. Caserío Landa», de Txo (Wikimedia Commons), con licencia CC BY-SA 4.0. Imagen recortada.


