Pasos a seguir cuando fallece una persona: guía práctica y legal
El fallecimiento de un ser querido es un momento difícil en el que, además de afrontar la pérdida, es necesario realizar una serie de trámites legales y administrativos. Seguir el orden correcto y cumplir los plazos es fundamental para evitar problemas posteriores, especialmente en lo relacionado con la herencia y el patrimonio. En esta guía te explico de forma clara cuáles son los pasos a seguir cuando fallece una persona, desde las gestiones más urgentes hasta las que deben hacerse en semanas o meses posteriores, teniendo en cuenta las particularidades legales que se aplican en Bizkaia conforme al Derecho Civil Vasco y, en las zonas aforadas, al Derecho Foral de Bizkaia.
1.- Obtener el certificado médico de defunción
El primer trámite que debe realizarse tras el fallecimiento es obtener el certificado médico de defunción, documento que acredita oficialmente la muerte de la persona. Este certificado lo emite un médico, habitualmente el que atiende en el momento del fallecimiento, y es imprescindible para poder inscribir la defunción en el Registro Civil. Si la muerte se produce en un hospital o centro de salud, el propio personal médico se encarga de expedirlo; en caso de fallecimiento en el domicilio, deberá acudir un médico del centro de salud correspondiente o del servicio de urgencias. Este documento será la base para todos los trámites posteriores, como la inscripción en el Registro Civil, la obtención del certificado literal de defunción o la tramitación de la herencia.
2.- Inscripción en el Registro Civil y obtención del certificado literal de defunción
Con el certificado médico de defunción, el siguiente paso es inscribir la muerte en el Registro Civil del lugar donde se haya producido el fallecimiento. Esta inscripción es obligatoria y debe realizarse dentro de las 24 horas siguientes, aunque en la práctica suele gestionarse de forma inmediata, sobre todo cuando interviene una funeraria. Una vez inscrita la defunción, el Registro Civil expedirá el certificado literal de defunción, documento oficial que confirma la muerte y que será necesario para solicitar el certificado de últimas voluntades, tramitar la herencia y realizar otros cambios legales o administrativos. La solicitud puede hacerse presencialmente, por correo postal o de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia.
3.- Solicitar el certificado de últimas voluntades
El certificado de últimas voluntades es el documento que indica si la persona fallecida otorgó testamento y, en caso afirmativo, ante qué notario y en qué fecha. Es imprescindible para saber si existe testamento y localizarlo. Este certificado se solicita al Registro General de Actos de Última Voluntad pasados 15 días hábiles desde la fecha de fallecimiento, ya que antes no estará disponible la información. Para obtenerlo, es necesario presentar el Modelo 790, junto con el certificado literal de defunción, y abonar la tasa correspondiente. La solicitud puede realizarse de forma presencial, por correo postal o a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Junto a este trámite, conviene solicitar también el certificado de contratos de seguros con cobertura de fallecimiento, que permite conocer si el difunto tenía seguros de vida o accidentes que deban reclamarse.
4.- Localizar y leer el testamento (o confirmar si no lo hay)
Una vez obtenido el certificado de últimas voluntades, podrás saber si la persona fallecida otorgó testamento y ante qué notario se encuentra. Si existe, deberás acudir a ese notario con el certificado literal de defunción y tu documentación como heredero para obtener una copia autorizada. Este documento detalla el reparto de bienes y derechos conforme a la voluntad del fallecido. En caso de que el certificado indique que no hay testamento, la herencia se tramitará por vía de sucesión intestada. En Bizkaia, conforme al Derecho Civil Vasco —y al Derecho Foral de Bizkaia en las zonas aforadas—, esta situación sigue un orden específico de llamamiento a herederos, con particularidades como la troncalidad en determinados bienes, que puede dar prioridad a familiares de la línea de procedencia del bien. Conocer estas reglas es clave para determinar quién hereda y en qué proporción.
5.- Reunir la documentación necesaria para la herencia
Antes de iniciar el reparto de bienes, es fundamental recopilar toda la documentación que acredite la identidad de los herederos y la relación con la persona fallecida, así como los documentos que identifiquen los bienes y derechos que forman parte de la herencia. Entre ellos, se incluyen el DNI y libro de familia, el certificado literal de defunción, el certificado de últimas voluntades, el testamento (o declaración de herederos si no lo hay), escrituras de propiedades, documentos de cuentas bancarias, pólizas de seguros, títulos de vehículos y cualquier otro justificante de activos o deudas. En Bizkaia, además, conviene prestar especial atención a la posible existencia de bienes troncales, ya que su transmisión se rige por las normas del Derecho Foral de Bizkaia, que establecen un régimen sucesorio específico para mantener estos bienes dentro de la misma línea familiar de procedencia. Contar con toda la información reunida desde el principio agiliza los trámites y reduce el riesgo de conflictos entre herederos.
Para una explicación completa del sistema sucesorio aplicable en Bizkaia, con ejemplos y pasos claros, recomendamos esta guía sobre la herencia en Bizkaia.
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6.- Aceptar o renunciar a la herencia
Con la documentación completa, los herederos deben decidir si aceptan o renuncian a la herencia. Esta decisión tiene consecuencias legales y fiscales, por lo que conviene evaluarla con asesoramiento profesional. La aceptación puede hacerse pura y simple, asumiendo también las deudas del fallecido, o a beneficio de inventario, limitando la responsabilidad al valor de los bienes heredados. En Bizkaia, al igual que en el resto de la Comunidad Autónoma Vasca, rigen las normas del Derecho Civil Vasco, con particularidades propias en las zonas aforadas —donde opera el Derecho Foral de Bizkaia y el régimen de troncalidad—, que pueden condicionar el reparto. La renuncia debe formalizarse en escritura pública ante notario y es irrevocable.
No existe un plazo general legalmente fijado para aceptar o renunciar a una herencia, salvo que medie requerimiento notarial o judicial (30 días). Por otra parte, existe el plazo de un año para presentar el Impuesto de Sucesiones en Bizkaia, que conviene coordinar con la decisión de aceptar o renunciar para evitar recargos. Tomar la decisión correcta en este momento evita problemas patrimoniales y fiscales futuros.
7.- Liquidar el Impuesto de Sucesiones
La aceptación de la herencia lleva aparejada la obligación de liquidar el Impuesto de Sucesiones, que en Bizkaia se rige por su propia normativa foral. El plazo general para presentarlo es de un año desde el fallecimiento. La cuantía a pagar dependerá del valor de los bienes heredados, el grado de parentesco y las reducciones y bonificaciones previstas en la normativa vizcaína, que son especialmente favorables para familiares directos. La liquidación debe presentarse ante la Hacienda Foral de Bizkaia, aportando el impreso correspondiente, la documentación que acredite el caudal hereditario y, en su caso, la escritura de aceptación y partición de herencia. No cumplir los plazos o presentar la declaración de forma incorrecta puede acarrear recargos y sanciones, por lo que es recomendable contar con un profesional que se encargue de todo el proceso fiscal.
8.- Cambiar la titularidad de bienes y derechos
Una vez liquidado el Impuesto de Sucesiones, es necesario inscribir a nombre de los herederos los bienes y derechos incluidos en la herencia. En el caso de inmuebles, el cambio se realiza en el Registro de la Propiedad, presentando la escritura de adjudicación de herencia junto con el justificante del pago o exención del impuesto. Para vehículos, debe tramitarse la transferencia en la Jefatura Provincial de Tráfico. Las cuentas bancarias y productos financieros requieren presentar en la entidad la documentación hereditaria para desbloquear y repartir saldos. Si existen seguros de vida o decesos, se debe solicitar el pago de las prestaciones conforme a la póliza. En Bizkaia, cuando se trate de bienes troncales, el cambio de titularidad deberá respetar las normas de transmisión establecidas por el Derecho Foral de Bizkaia, que garantizan que estos bienes permanezcan dentro de la misma línea familiar de procedencia. Realizar todos estos cambios garantiza la plena disponibilidad de los bienes por parte de los herederos y evita problemas legales en el futuro.
9.- Otros trámites y gestiones complementarias
Además de los pasos principales relacionados con la herencia, tras el fallecimiento conviene ocuparse de otros trámites administrativos que, aunque no siempre son obligatorios, ayudan a cerrar correctamente la situación legal y económica de la persona fallecida. Entre ellos se incluyen la comunicación del fallecimiento a la Seguridad Social para solicitar, en su caso, pensiones de viudedad u orfandad; la baja como autónomo o trabajador en el régimen correspondiente; la cancelación o traspaso de contratos de suministro de luz, agua, gas o telefonía; la baja de empadronamiento en el ayuntamiento; y la notificación a entidades privadas como aseguradoras, colegios profesionales o suscripciones de servicios. Si el fallecido tenía deudas, es importante revisar plazos de comunicación a acreedores y valorar la aceptación de la herencia a beneficio de inventario. Gestionar estas cuestiones de forma ordenada evita pagos innecesarios y posibles reclamaciones posteriores.
10.- Consejos para agilizar el proceso y evitar problemas legales
Organizar la documentación desde el principio y seguir un orden en los trámites es clave para evitar retrasos. Contar con copias de todos los certificados (defunción, últimas voluntades, seguros) facilita cada gestión y evita desplazamientos innecesarios. Es recomendable acudir a un servicio especializado en gestión de herencias en Bizkaia que conozca las particularidades del Derecho Civil Vasco y, en su caso, del Derecho Foral de Bizkaia, especialmente en herencias con bienes troncales o con numerosos herederos. Cumplir los plazos legales, solicitar prórrogas cuando sea necesario y liquidar correctamente el impuesto de sucesiones evitará recargos y sanciones. También conviene mantener una comunicación fluida entre los herederos para evitar conflictos y dejar por escrito los acuerdos alcanzados. En procesos complejos, la mediación puede ser una alternativa eficaz para resolver discrepancias sin llegar a un procedimiento judicial.

